Resumen: Además de las penas privativas de libertad, la sentencia impone a Diego 'El Cigala' la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de la afectada por un plazo de dos años
Minuto30.com .- La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado la sentencia que condena al reconocido cantaor flamenco Diego ‘El Cigala’ a una pena de más de dos años de cárcel por malos tratos a su exmujer. El tribunal ha rechazado de manera categórica todos los recursos presentados tanto por la defensa del artista como por la acusación particular, dejando firme la condena dictada originalmente en diciembre de 2024.
La sentencia original, que ahora ha sido ratificada, detallaba tres episodios distintos de agresión. El primero, por un incidente de maltrato en un hotel de Jerez, le valió una condena de seis meses de prisión. A este se sumó una segunda agresión en un hotel de Palafrugell, en Girona, que implicó ocho meses adicionales de cárcel. El episodio más grave, y el que acarreó la mayor pena, fue un tercer maltrato agravado en su propia casa de Jerez, donde convivía con sus hijos, sumando 11 meses de prisión.
Además de las penas privativas de libertad, la sentencia impone a Diego ‘El Cigala’ la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de la afectada por un plazo de dos años. Esta agravación se aplicó debido a que los hechos ocurrieron en presencia de los hijos en el domicilio familiar, lo que añade una capa de vulnerabilidad a la víctima.
El cantaor también fue condenado por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico. Por este cargo, se le impusieron 25 días de localización permanente, siempre en un domicilio diferente y alejado del de la víctima, y una prohibición adicional de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de la víctima por un plazo de seis meses.
La defensa de Diego ‘El Cigala’ había recurrido la sentencia argumentando un error en la valoración de las pruebas por parte de la jueza. Alegaban que las pruebas no eran lo suficientemente sólidas para desmontar la presunción de inocencia del artista y ponían en duda la validez del testimonio de la víctima. Sin embargo, la Audiencia Provincial ha respaldado el fallo inicial.
La sentencia de confirmación destaca que el trabajo de la jueza de primera instancia fue “minucioso y ajustado a la ley”, señalando que su análisis fue de una “precisión casi quirúrgica” y siempre “fiel a la doctrina legal aplicable”. En cuanto al fondo del asunto, la jueza consideró probado que la relación se deterioró cuando su exmujer quedó embarazada de su primer hijo, y que uno de los episodios más graves fue la bofetada propinada en un hotel de Jerez en el verano de 2017.
- Compartir:
- Compartir en Facebook
- Compartir en X (Twitter)
- Compartir en WhatsApp
- Comentarios