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VIDEO. La filtración de pruebas y piezas procesales vicia investigación al Presidente: Pedro Suárez

Los errores de los fiscales pueden generar nulidades y hasta compulsa de copias contra ellos mismos

Publicado por: Minuto30.com

VIDEO. La filtración de pruebas y piezas procesales vicia investigación al Presidente: Pedro Suárez

En la semana que termina el país político entró en revuelo por la decisión del fiscal general, Francisco Barbosa, de solicitarle a la Comisión de Acusaciones de la Cámara investigar al Presidente Petro, por el presunto ingreso de dineros irregulares a su campaña presidencial el año pasado.

Varios medios de comunicación publicaron la indagatoria o, según el código de procedimiento que se invoque, el interrogatorio que le hiciera la Fiscalía al hijo del Jefe de Estado a propósito de los dineros que recibió de cuestionados empresarios y personas que, entre otras cosas, pagaron condena por narcotráfico en Estados Unidos, lo que en términos de procedimiento penal es considerado violatorio de la reserva procesal y, en consecuencia, podrían viciar las pruebas y los elementos materiales probatorios obtenidos mediante tal diligencia.

Hoy, en 2023, en Colombia coexisten dos códigos de procedimiento penal que se aplican según el delito y el fuero que tengan los procesados, estos son la Ley 600 del año 2000 y la Ley 906 de 2004, uno para los servidores públicos con fuero y el otro para el común de los mortales.

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Consultamos a Pedro Suárez Vacca, representante a la Cámara y exjuez de la República, para entender con precisión lo que significa la compulsa de copias a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, para que investigue al Presidente de la República y las consecuencias que tiene dentro de la legalidad del proceso el que se hubieran filtrado las declaraciones dadas por Nicolás Petro, en específico, cuando habla de su padre.

Para el ex juez de la República en ambas actuaciones, la del fiscal que recibe el testimonio de Nicolás Petro, como en la compulsa de Copias que hace el Fiscal General, podrían existir posibles irregularidades que, a su juicio, hacen imposible el uso de dicha declaración como elementos de prueba para investigar y, en caso dado, enjuiciar al Jefe de Estado.

En primer lugar, señala Suárez Vacca, el fiscal que le hizo el interrogatorio a Nicolás Petro debió suspender la diligencia cuando este mencionó a su padre en medio de la diligencia, porque no tiene competencia para conocer de los asuntos referidos al Primer Mandatario pero, adicionalmente, en lugar de recordarle al indiciado el derecho que le asistía a no auto incriminarse ni a testificar en contra de sus familiares en los grados de consanguinidad y afinidad que establece la ley, procedió a preguntar por las conductas y comportamientos del Primer Mandatario.

“Cuando uno observa ese video, que se trata de una entrevista que se le hace a una persona que está siendo procesada, cuando se le interroga sobre su padre en concreto, el fiscal debió haber hecho unas advertencias que son de obligatorio cumplimiento en materia del derecho a la defensa y de derecho a la no autoincriminación, que es uno de los principios del debido proceso y ese derecho implicaba que se le debía advertir en ese preciso momento que él no está obligado a declarar contra él mismo ni contra sus familiares, y como se puede observar aquí no se hizo tales advertencias”, explica el ex juez Suárez Vacca.

Adicionalmente, insiste Vacca, la filtración a los medios de comunicación de la indagatoria, entrevista o interrogatorio, viola el derecho de quienes sean mencionados en tal diligencia a ser notificados a través de procedimiento judicial y legal, no por los medios de comunicación, lo que en su entender constituye otro elemento violatorio de la legítima defensa y el debido proceso.

El representante a la Cámara y ex juez Suárez Vacca hace en 30 Minutos de Minuto30.com el análisis detallado de las implicaciones que tiene para el Jefe de Estado, para la Fiscalía y para el país, el que se hubieran filtrado dicho testimonio, los posibles errores cometidos con ese procedimiento y, de manera puntual, cómo la falta de advertencias y la inobservancia del catálogo de pruebas válidas dentro de la Ley 600, podrían viciar cualquier procedimiento judicial o procesal penal para enjuiciar al presidente Gustavo Petro.

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Redacción Minuto30

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