La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme una condena contra un joven que hizo bullying a un compañero de su equipo de waterpolo.
Las agresiones se dieron durante un evento al que asistieron en Tampa, Florida, en los Estados Unidos.
Según la decisión del alto tribunal, la condena debe quedar mantener pues se comprobó que, en medio del matoneo, el joven cometió actos sexuales contra su compañero de 13 años y que incluso estas agresiones las fotografió y exhibió a otros compañeros, comprometiendo su integridad sexual.
Estos hechos se sumaron a las agresiones que venían cometiendo contra el menor de edad, aprovechándose de su “bajo carácter”, y a que “las bromas fuertes y pesadas eran pan de cada día y aceptadas dentro de ese conglomerado a tal punto que para los entrenadores esas situaciones a duras penas generaban amonestaciones verbales”, dice la sentencia.
Además asegura, “Que esto hiciera parte de un conjunto de maltratos físicos o psicológicos (bullying), no lo exonera del reproche penal”, advirtió la Sala al dejar en firme la condena de 12 meses de internamiento contra el joven.
El abogado defensor apeló la decisión manifestando que el bullying entre jóvenes es un comportamiento reprochable y requiere atención e intervención de los mayores, pero que no es un tema relevante para el derecho penal, por lo que la Corte explicó que “pueden existir comportamientos de acoso juvenil -al interior de grupos escolares, deportivos, de recreación etc. – que, ciertamente, no sean delitos, pero esa realidad, per se, no excluye que algún hecho en ese contexto sí lo sea”, agregó.
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