Fue el Tribunal Administrativo de Cundinamarca quien le había impuesto una multa de $715.000 millones a la empresa brasileña debido a los actos de corrupción, hablando del Caso Odebrecht.
La multa que había sido impuesta fue anulada, con un fallo de la sección tercera del Consejo de Estado se determinó que el concesionario de la Ruta del Sol II no deberá pagar la multa de $715 mil millones impuestos por el Tribunal.
Este fallo se dio luego de que existiera un recurso de apelación que había sido presentado contra la decisión del magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Luis Manuel Lasso.
La decisión de eliminar la multa la tomó él con Consejo de Estado y según la sentencia que debe a actos de corrupción que vulneraron el derecho colectivo, a la moralidad administrativa y al patrimonio público y las obligaciones de hacer a las entidades públicas.
Por otro lado, esta sentencia la revocaron porque las sanciones de inhabilidad que se les había impuesto a los condenados para contratar con el Estado colombiano habían sido impuestas por un Juez de la Acción Popular que carece de competencia para imponerlas y tales disposiciones carecen de fundamento legal.
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