La intención de la primera resolución en Colombia, sobre regular la velocidad en las vías, es para disminuir la fatalidad y las lesiones graves asociadas a este factor de riesgo.
Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), expidió las resoluciones número 20233040025995 y 20233040025895, aunque el año pasado , el gobierno sancionó la ‘Ley Juan Esteban’, que determinaba que la velocidad máxima en vías urbanas sería de 50 kilómetros, en zonas educativas de 30 kilómetros por hora y de 90 kilómetros para dobles calzadas.
La norma ‘Ley Juan Esteban’ nunca se cumplió, y por tal motivo se tuvieron que expedir las nuevas resoluciones, que se tendrán que llevar a cabo en un tiempo de 12 meses.
La resolución 20233040025995 se expedirá con la intención de establecer velocidad límite en las vías colombianas.
Y la segunda resolución 20233040025895 para reglamentar la implementación de los planes de gestión de la velocidad para municipios distritos, áreas metropolitanas y departamentos de categoría especial 1, 2 y 3.
El ministro de transporte William Camargo Triana, “Julián Esteban nos dejó una tarea que hoy estamos cumpliendo. Primero, nuestro objetivo con la expedición de estos documentos es proteger la vida. Las resoluciones incluyen herramientas prácticas para que en los territorios puedan adaptarlas e implementarlas. Estamos hablando de una política pública aterrizada en las regiones y al servicio de los gobiernos locales” indicó el funcionario.
La directora encargada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Lina Huari, explicó ‘que el documento técnico sirve para establecer límites acordes con el entorno y tipo de vía, definir criterios de revisión y actualización de los límites de velocidad, y finalmente, comprender si se deben planear y establecer medidas que acompañen el cumplimiento del límite establecido’.
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