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Paga arriendo, tome nota para saber a partir de cuándo le pueden subir el precio

En el 2023 llegan las nuevas tarifas de arriendo. Pero es importante que sepa desde cuándo le pueden incrementar y hasta cuánto.

Publicado por: Alejandro Rincón

arriendo
Foto: Ilustrativa

Preste mucha atención porque con el año nuevo, llegan cosas nuevas, una de ellas será el cambio del valor en el canon de arriendo que paga. Acá les contamos a partir de cuándo le pueden subir y de cuánto será el valor del aumento.

Vamos con lo primero: ¿A partir de cuándo le pueden subir el arriendo?

Normalmente el mercado aplica modificaciones a las tarifas una vez se hace el cambio de año, pero, eso de que año nuevo, precios nuevos no es tan exacto en temas de arriendo o por lo menos no tan inmediato.

En Colombia, la ley 820 de 2003, prevé las reglas de arrendamiento de vivienda urbana en Colombia. De acuerdo con la orientación legal, a usted solo le podrán subir el valor del arriendo, cuando se le renueve.

Así las cosas, por ejemplo, si firmó contrato de arriendo el 1 de noviembre de 2022, a un año, el incremento solo se lo podrán aplicar a partir del 02 de noviembre de 2023, si deciden renovarlo.

Vamos con lo segundo: ¿de cuánto será el valor del incremento?

De acuerdo con la misma legislación, el incremento para los contratos de arrendamiento depende del dato de inflación anual del año anterior.

Ahí está lo doloroso. Por primera vez en el actual siglo XXI, la inflación para 2022 fue de 13,12 %, en ese sentido ese será el porcentaje máximo de incremento para el valor del canon de arrendamiento.

Es decir, si su arriendo le vale $1.000.000 a partir de la renovación, será de $1.131.200 y así respectivamente. Ahora bien, está entre el arrendatario y el arrendador llegar a un acuerdo, porque el valor no puede pasar de ese porcentaje pero sí podría ser inferior.

Con la actual situación económica que atraviesa el país, muchas personas están pensando en acomodarse en otras vivienda, a fin de ahorrar dinero en su arrendamiento, por lo que los expertos sugieren a los arrendadores que si ya tienen un buen cliente, no lo dejen ir.

Una de las formas de retener un buen arrendatario sería esa, una concesión en el valor del canon a incrementar.

Finalmente es importante saber que lo anterior aplica para el arrendamiento de vivienda. En el caso del alquiler de un local comercial, oficinas y similares, la regla depende del acuerdo que hayan establecido en el contrato.

Para los locales comerciales ambos deben pactar desde el inicio, el incremento, y las fechas para aplicarlos, si no lo hicieron, tendrán que ajustarse a lo que la ley de arrendamiento establece de forma genérica.

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Alejandro Rincón

Librepensador. Amante de la fotografía, la escritura, la radio y el detrás de cámaras. Periodista por pasión hace 25 años, abogado de profesión. Amante del trabajo de campo, la reportería, la calle.


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