El Ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, realizó algunas aclaraciones sobre diversas inquietudes que ha recibido la cartera respecto a temas relacionados con el Covid-19.
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A través de la circular 022 del 8 de marzo del 2021, el Ministerio aclara que: No se puede exigir pruebas Covid-19 para la vinculación laboral, norma que aplica para todos los empleadores.
Además, ningún trabajador podrá ser desvinculado de la empresa como consecuencia de resultar positivo para Covid-19, pues es considerado como el delito de violación a la intimidad.
Asimismo, ningún trabajador o aspirante a un empleo está obligado a presentar prueba negativa de coronavirus, pues para esta función están las EPS y las autoridades médicas.
Finalmente, si un empleador por seguridad o su actividad económica quiere realizar pruebas de Covid-19 a sus trabajadores, deberá cubrir el costo de las mismas, y será como una medida para evitar la propagación del virus.
<blockquote class=”twitter-tweet”><p lang=”es” dir=”ltr”>¡No se pueden exigir pruebas Covid-19 para la vinculación laboral! <a href=”https://t.co/qW9mKj7i1z”>pic.twitter.com/qW9mKj7i1z</a></p>— MinTrabajo (@MintrabajoCol) <a href=”https://twitter.com/MintrabajoCol/status/1369389350400704521?ref_src=twsrc%5Etfw”>March 9, 2021</a></blockquote> <script async src=”https://platform.twitter.com/widgets.js” charset=”utf-8″></script>
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