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¡Con lenguaje claro y sencillo! EPS deben entregar carta de derechos y deberes a afiliados, esto dice MinSalud

Por medio de un comunicado, el Ministerio de Salud y Protección Social, le recuerda a las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado los lineamientos que deben tener para la elaboración y entrega de la carta de derechos y deberes de la persona afiliada y del paciente en el Sistema General de Seguridad Social en […]

Publicado por: Minuto30.com

EPS deben entregar carta de derechos y deberes a de afiliados con lenguaje claro y sencillo
Imagen de archivo utilizada para ilustrar la noticia.

Por medio de un comunicado, el Ministerio de Salud y Protección Social, le recuerda a las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado los lineamientos que deben tener para la elaboración y entrega de la carta de derechos y deberes de la persona afiliada y del paciente en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Además, de la carta de desempeño, las cuales permite a las personas afiliadas contar con información adecuada y suficiente para el ejercicio de sus derechos.

“La carta de derechos y deberes es una herramienta útil para que los ciudadanos de forma sencilla conozcan y ejerzan sus derechos en el marco del sistema de salud colombiano y tomen decisiones informadas frente la atención integral en salud como medio de la protección de su dignidad humana y su autodeterminación”, dice Irma Bermúdez, jefe (e) de la Oficina de Calidad del MinSalud.

Asimismo, la funcionaria explicó que esta debe ser entregada a todas las personas al momento de su afiliación de forma impresa o, cuando haya un consentimiento previo, en formato electrónico, según se encuentra estipulado por la Resolución 229 de 2020.

Estas cartas deben ser redactadas en lenguaje claro, sencillo y en tamaño legible

Desde el Ministerio de Salud y Protección Social se pide a los prestadores a redactarla en un lenguaje claro, sencillo y accesible, en un tamaño de letra legible y deberán ser revisadas y ajustadas periódicamente en respuesta a las novedades normativas y la actualización de la información.

Además, las EPS deberán mantener actualizado el enlace de su página web donde se accede directamente al contenido de las cartas; si se van a hacer cambios en el hipervínculo o en el contenido de las mismas, deberán reportarlo al correo electrónico cartadederechos@minsalud.gov.co dentro de los tres primeros días hábiles del mes siguiente a la realización del cambio, dice Bermúdez.

“De igual forma para las cartas de derechos y deberes y carta de desempeño de las entidades promotoras de salud indígenas se deberá utilizar la lengua o lenguas nativas. Deben estar desprovistas de tecnicismos que dificulten la comprensión, es decir, lenguaje claro, sencillo, accesible y de fácil comprensión”, agregó Bermúdez.

Las prestadoras deberán adoptar las medidas necesarias que garanticen que las personas en situación de discapacidad conozcan la carta de derechos y deberes así como la carta de desempeño de la EPS, finaliza el comunicado.

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Redacción Minuto30

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