En el Urabá antioqueño y chocoano quedá prohibido el porte de armas de fuego por elecciones
Foto tomada de Internet para ilustrar.

En los comicios electorales no estará permitido el porte de armas de fuego, indicó la Cuarta Brigada del Ejército Nacional.

Tras la suspensión general del porte de armas en Colombia, establecida el 30 de diciembre de 2021 a través del decreto 1873, la Cuarta Brigada del Ejército reitera a la ciudadanía que esta restricción permanece vigente, por lo tanto, no estará autorizado portar armas en los días de elecciones presidenciales.

«Aquellas personas que sean sorprendidas infringiendo la norma, y no tengan permisos especiales para el porte de armas, estarán sujetas a la incautación del arma y a una sanción de decomiso, impuesta por las autoridades competentes», precisó la Brigada.

Y añadió, «el Ejército Nacional ratifica su compromiso abnegado para proteger la soberanía de Colombia, a través del cumplimiento estricto de las disposiciones proferidas por el Gobierno Nacional».

Dato: La medida está sustentada en el decreto 830 del 24 de mayo de 2022, el cual dicta las normas para la conservación del orden público en el desarrollo de las elecciones presidenciales.

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