Ofensiva contra el porte y tráfico local de armas de fuego en el Valle de Aburrá.

Desde el inicio de la estrategia de seguridad el pasado mes de julio, en total han sido incautadas641 armas de fuego de diferentes tipos como pistolas, revólveres, escopetas y fusiles, 341 armas más que el año inmediatamente anterior con un aumento del 113%. 258 personas fueron capturadas en flagrancia por el delito de fabricación, porte o tráfico de armas de fuego, además en la mayoría de las ocasiones a estas personas se les imputan otros delitos como hurto calificado y agravado, homicidio y lesiones personales; entre otros.

Además, estas armas de fuego son sometidas a un estudio balístico desde nuestro laboratorio de Policía Científica y Criminal para establecer si han estado involucradas en otros hechos delincuenciales.

Durante las últimas horas se destacan los procedimientos realizados por los hombres y mujeres de la Policía Nacional.

Caso 1

En coordinación con la Fiscalía General de la Nación, se realizó un procedimiento de registro y allanamiento a una vivienda ubicada en el barrio La Gabriela del Municipio de Bello, donde se incautó un fusil AKM, una granada de fragmentación y un revólver calibre 38.

Durante la investigación se logró establecer que la vivienda donde se realizó el allanamiento era utilizada como sitio de almacenamiento de armas de fuego por parte de un grupo delincuencial con injerencia en este sector.

Caso 2

En otro procedimiento, en el sector de El Poblado, en medio de una persecución y activación del plan candado se logró interceptar un vehículo, donde fueron capturados a dos hombres en el barrio Chagualo, quienes habían hurtado a un ciudadano en la comuna 14 de Medellín.

A estas personas les fue hallada un arma de fuego con la que al parecer intimidaron a las víctimas y cometieron el hecho delictivo, además, se logró la recuperación de los elementos hurtados.

De acuerdo con el decreto 1417 del año 2021, “las armas de fuego de menor letalidad o traumáticas son consideradas como armas de guerra o de uso privativo de la Fuerza Pública, de uso restringido o de uso civil de defensa personal según sean sus características, siendo así, las unidades policiales pueden realizar procedimientos de captura por el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego art. 365 del Código Penal a aquellas personas que sean sorprendidas portando estas armas de fuego y que no posean el respectivo permiso de porte o tenencia”.

Entre tanto la ley 1801 de 2016 en su artículo 27, numeral 7, faculta a las autoridades policiales a realizar procedimientos de incautación de armas similares a las de fuego y aplicar multa general tipo 2, cuando estén inmersas en comportamientos contrarios a la convivencia, en lugares con aglomeración de personas o consumo de bebidas embriagantes, o cuando la autoridad advierta su utilización irregular.

Vea más noticias de Medellín.

Compartir:
  • Comentarios

  • Anuncio