La Comisión Europea (CE) ha instado hoy a España a poner fin al régimen de deducciones fiscales en favor de las multinacionales que adquieren participaciones en sociedades en el extranjero, ante la sospecha de que la medida puede infringir las normas comunitarias sobre ayudas estatales.

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Bruselas informó de que ha abierto una «investigación en profundidad» sobre la legalidad del régimen español modificado que permite ventajas fiscales a las grandes empresas que adquieren participaciones en sociedades fuera de la Unión Europea.

Si la Comisión considera que el régimen modificado es incompatible con las normas sobre ayudas estatales, «España tendría que recuperar las ayudas ya concedidas a los beneficiarios».

«Con el fin de evitar más gasto público que haya de ser recuperado con posterioridad, la CE ha pedido a España que deje de aplicar la nueva interpretación administrativa» hasta que la Comisión haya tomado una decisión final, indica un comunicado.

El Ejecutivo comunitario recordó que la versión original del régimen español ya «era incompatible» con las normas europeas sobre ayudas estatales, al conceder a los beneficiarios una ventaja económica con respecto a los competidores que llevan a cabo adquisiciones nacionales.
El Ejecutivo comunitario cree que la nueva interpretación de las normas también implica una ayuda estatal «porque España amplía indebidamente la aplicación de un régimen ilegal e incompatible con las normas vigentes».

«La apertura de una investigación en profundidad brinda a los terceros interesados la oportunidad de presentar observaciones sobre la medida escrutada», explica un comunicado de la CE, que precisa que el plazo para hacerlo es de un mes desde la publicación de la medida anunciada hoy en el Diario Oficial de la UE.

El 28 de octubre de 2009 y el 12 de enero de 2011, la Comisión pidió a España que suprimiera la disposición del impuesto de sociedades que permite a las empresas amortizar durante 20 años el fondo de comercio financiero derivado de la adquisición de participaciones en países extranjeros.
España se comprometió a no conceder la exención a los nuevos beneficiarios, pero no derogó la disposición, ya que la amortización sigue siendo posible en algunos casos.

No obstante, las autoridades españolas adoptaron en marzo de 2012 una nueva interpretación administrativa que también permitiría, con carácter retroactivo, deducciones fiscales para las adquisiciones indirectas.

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Redacción Minuto30

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