JEP
Vista del edificio de la Justicia Especial para la Paz (JEP), Bogotá (Colombia), en una fotografía de archivo. EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda

Por primera vez, la JEP le otorga el beneficio de sustitución de la medida de aseguramiento consistente en privación de la libertad a un compareciente DE LA Fuerza Pública por su aporte temprano a la verdad y su aceptación de responsabilidad en los hechos por los cuales pidió su sometimiento ante la Jurisdicción, pese a no haber cumplido cinco años de reclusión.

La decisión la adoptó la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP (SDSJ) en el caso del capitán retirado del Ejército Juan Carlos Dueñas Mejía, quien está siendo procesado por la justicia ordinaria por homicidio en persona protegida, desaparición forzada y concierto para delinquir agravado.

Esta determinación se adoptó luego de que la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) emitiera un concepto favorable con base en la versión voluntaria rendida por el compareciente en el trámite del macrocaso 02, que prioriza la situación territorial de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas, en Nariño.

Este tipo de decisiones busca alentar a los comparecientes para que, desde instancias tempranas, suministren verdad plena sobre los hechos relacionados con el conflicto armado en favor de las víctimas y la sociedad, a cambio de beneficios que les garantiza el ejercicio de su libertad.

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