foto tomada de: caracol.com.co

El gobierno Nacional expidió el decreto 560 de 15 de abril, con el que trata de enviar un salvavidas a las empresas que entren en insolvencia económica, debido a la situación que vive el país con el coronavirus.

Según lo explicó el gobierno, son medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia, en el marco del estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, que tendrán vigencia de dos años y que se sustentan sobre 4 pilares:

1. Creación de herramientas extra-judiciales de negociación expeditas: se introducen dos nuevas herramientas dentro del marco de las reorganizaciones empresariales de carácter extra-judicial, que permiten la solución pronta y adecuada de la crisis de la empresa y la atención de diferentes sectores de la economía. Son las negociaciones de emergencia de acuerdos de reorganización y el procedimiento de recuperación empresarial en las cámaras de comercio.

2. Creación de mecanismos extraordinarios de salvamento para proteger la empresa, el empleo y el crédito: (i) Se reducen los requisitos formales para admisión a los procesos, (ii) Se permite el pago de pequeñas acreencias y venta de activos para su pago sin autorización judicial, (iii) Se crean mecanismos de mejoramiento del flujo de caja de la empresa que facilita la celebración de acuerdos (capitalización de acreencias, descarga de deudas y pactos de deuda sostenible, (iv) Se generan incentivos de prelaciones y garantías para créditos nuevos en la etapa de negociación judicial, (v) Se crean mecanismos para evitar la liquidación de una empresa a través de la compra de la empresa en marcha, (vi) Se suspenden las cuotas de los acuerdos de reorganización de abril, mayo y junio, las cuales se considerarán vencidas en julio, y tendrán una periodo de tres (3) meses para su subsanación en audiencia.

3. Beneficios tributarios: se adoptan algunas medidas tributarias, hasta el 31 de diciembre de 2020, orientadas a brindar ayuda con la caja y aliviar la situación de los deudores admitidos a un proceso de reorganización empresarial o que hayan celebrado un acuerdo de reorganización y se encuentren ejecutándolo, de renta presuntiva y de retención en la fuente a título de renta e IVA.

4. Suspensión de normas y obligaciones legales: se suspenden algunas normas y obligaciones legales con el fin de preservar las empresas y facilitar el manejo del orden público económico, tales como la causal de disolución por pérdidas.

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Redacción Minuto30

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