gasolina
Foto tomada de archivo para ilustrar esta noticia.

El Ministerio de Minas y Energía informa que en Bogotá el precio de referencia de venta al público de la gasolina se incrementa en $153.42 por galón y el precio del ACPM se mantiene constante, para el mes de julio.

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Estos valores obedecen a las variaciones de los precios internacionales de los combustibles en la Costa del Golfo para los meses de mayo y junio del presente año.

Teniendo en cuenta el comportamiento de las variables de cálculo de los precios de los combustibles, el ACPM en Bogotá y los Llanos Orientales se mantiene estable$8.426 por galón, y el de la gasolina llega a $8.723 por galón. El precio en dólares de la gasolina en el mercado internacional, se ha incrementado de una manera importante mientras que el precio del ACPM presentó un alza moderada, la cual se ha visto compensada por la caída en el precio del Biodiesel.

Por su parte, la tasa de cambio contribuyó a moderar el incremento del precio internacional convertido a pesos por galón.

En el resto del país, el precio del ACPM disminuye $11 por galón mientras que el de la gasolina se incrementa en $153,42.

El Ministerio de Minas y Enrgía continúa aplicando una fórmula que es consecuente con una política de precios de combustibles fundamentada en criterios de eficiencia y de mercado, y orientada a garantizar el abastecimiento de combustible en todo el país.

A continuación el precio de referencia de los combustibles para las demás ciudades del país:

$/galón

Gasolina

ACPM

Bogotá 8.722,69 8.425,54
Cartagena 8.512,40 8.199,05
Barranquilla 8.551,51 8.225,76
Santa Marta 8.651,51 8.325,76
Montería 8.762,40 8.449,05
Sincelejo 8.712,40 8.399,05
Villavicencio 8.822,69 8.525,54
Pasto 5.894,18 5.946,12
Tunja 8.856,69 8.559,54
Bucaramanga 8.547,74 8.270,98
Medellín 8.671,46 8.453,86
Cali 8.723,50 8.538,08
Pereira 8.697,73 8.496,43
Manizales 8.698,76 8.488,80
Armenia 8.757,73 8.596,43
Ibagué 8.676,93 8.444,14

Información para tener en cuenta:

Mediante Resolución No. 181254 del 30 de julio de 2012, el Ministerio de Minas y Energía estableció para 25 zonas del país el régimen de libertad vigilada para la fijación del margen de distribución de los combustibles líquidos. Al respecto, las estaciones de servicio ubicadas en las 25 zonas pueden fijar sus precios libremente y están obligadas a reportarlos al SICOM (Sistema de Información de la Cadena de Distribución de Combustibles Líquidos).

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