Una corte colombiana declaró hoy que un decreto expedido por el presidente Juan Manuel Santos para la aplicación provisional del acuerdo comercial de la Unión Europea (UE) con Colombia y Perú, que entró en vigor el 1 de agosto del año pasado, no se ajusta a la Constitución.

INCONSTITUCIONAL TLC CON UELa Corte Constitucional declaró «inexequible», es decir que no procede, el decreto 1513 expedido en 2013 por el cual «se da aplicación provisional al Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Bruselas, Bélgica, el 26 de junio de 2012».

Según la Corte, la sentencia «comenzará a producir efectos seis meses después, a partir de la fecha de la presente providencia», es decir a mediados de noviembre próximo, lo que da al Gobierno un margen de tiempo para resolver la situación.

El decreto expedido por Santos establecía que podía entrar en vigencia provisionalmente el acuerdo comercial con la UE porque los países de ese bloque comercial habían realizado ya sus trámites internos para aplicarlo.

La aplicación provisional del acuerdo con la Unión Europea comenzó el 1 de agosto de 2013.

Hace algunas semanas la Corte también declaró inconstitucional el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico aprobado por el Congreso colombiano porque tenía vicios de forma, entre ellos que le faltaban dos artículos, lo que obligará al Gobierno a presentar de nuevo esta iniciativa.

La Alianza del Pacífico nació en 2012 y está integrada por Chile, Colombia, México y Perú, países que juntos tienen un mercado de más de 200 millones de habitantes. EFE

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Redacción Minuto30

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