Consejo de Estado negó tutela contra el proceso de elección de fiscal general

La Sección Cuarta del Consejo de Estado negó las pretensiones del magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Gerardo Botero, quien interpuso una acción de tutela contra el proceso de elección de la fiscal general de la Nación.

El demandante buscaba amparo de derechos fundamentales, luego de la decisión de la Corte Suprema, de no devolver la terna presentada por el presidente Gustavo Petro.

El magistrado también alega que el Jefe de Estado vulneró sus derechos, al realizar una publicación en la que hacía referencia a las opiniones del feminismo, sobre la demanda del accionante.

Esta decisión apoya la tomada en primera instancia por la Sección Quinta del Consejo de Estado.

Las peticiones del Magistrado al Consejo de Estado

La acción de tutela menciona el hecho de que no exista ni un hombre en la terna y por el contrario sean tres mujeres las postuladas, afectando los derechos fundamentales al voto, a la igualdad y a la equidad de género del demandante, por lo que la nueva decisión indica que luego de que se impusiera al Presidente la obligación de poner al menos una mujer en la terna en el artículo 6º de la Ley 581 del 2000, esto no le impide que dos o tres sean las mujeres que aspiren al cargo.

“Que el Presidente de la República concretizara una medida afirmativa para la elección del próximo Fiscal General de la Nación con la conformación de la terna únicamente con mujeres, encuentra pleno respaldo en los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Política. Y en modo alguno, puede ser entendida como una forma de discriminación, ahora por razones de género, respecto de los hombres”, dice el documento de la decisión.

Sobre el derecho al voto, la sala advirtió al magistrado que su participación, así como la de los demás magistrados, en la elección del Fiscal General de la Nación, no es un derecho político, sino una de sus funciones descritas en el artículo 249 de la Constitución.

En cuanto a la publicación realizada por el presidente Gustavo Petro en su cuenta de X, la sala concluyó que no contiene expresiones injuriosas, ofensivas o que promuevan la discriminación, el odio, la violencia u otros flagelos.

Lea aquí el documento completo de la decisión del Consejo de Estado.

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Jessen Urzola

Profesional con 17 años de experiencia en los diferentes campos de la comunicación y el periodismo, encargado de cubrir la fuente política y de orden público en Medellín y todo el territorio nacional.

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