Por segunda vez Esteban Restrepo ‘vio un chispero’ y perdió una tutela ante el alcalde Federico Gutiérrez

Un juzgado de Bogotá negó la acción de tutela presentada por Esteban Restrepo Taborda contra el exalcalde de Medellín Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga, quien había sido demandado por una publicación realizada en la red social X que, según el accionante, vulneraba sus derechos fundamentales a la honra, el buen nombre y la presunción de inocencia.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, al resolver la impugnación presentada contra el fallo de primera instancia.

Aunque el despacho modificó la decisión inicial en un aspecto procesal, finalmente negó el amparo solicitado. El juez consideró que sí era posible estudiar el fondo del caso, al precisar que, tratándose de publicaciones realizadas por particulares en redes sociales, no siempre es obligatorio agotar previamente una solicitud de rectificación para acudir a la acción de tutela.

Sin embargo, el juzgado concluyó que el demandante no aportó durante la primera instancia las pruebas necesarias para acreditar la presunta vulneración de sus derechos. Entre ellas, no obraba de manera oportuna el contenido de la publicación cuestionada, lo que impidió al despacho realizar un análisis de fondo sobre las afirmaciones realizadas por el accionado.

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Durante la impugnación, Esteban Restrepo allegó nuevos documentos con el propósito de respaldar sus pretensiones. No obstante, el juez determinó que esas pruebas no podían ser valoradas en segunda instancia, al considerar que fueron presentadas extemporáneamente y que admitirlas afectaría el derecho de defensa de la parte accionada.

Como consecuencia, el despacho negó la tutela y dejó sin efectos cualquier pretensión encaminada a obtener una orden de rectificación, retractación o eliminación de la publicación realizada por Federico Gutiérrez.

La providencia aclara que la decisión no constituye un pronunciamiento sobre la veracidad o falsedad de las afirmaciones publicadas por el exalcalde ni sobre la eventual responsabilidad de Esteban Restrepo en los hechos mencionados en la publicación. El fallo se limita a establecer que, dentro del trámite constitucional, no existían pruebas suficientes y oportunamente aportadas para demostrar la alegada vulneración de derechos fundamentales.

La decisión tampoco admite recursos ordinarios. En cumplimiento del procedimiento previsto para las acciones de tutela, el expediente será remitido a la Corte Constitucional para que determine si lo selecciona para una eventual revisión.

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Publicado por:
Julian Medina

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