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Los cónyuges o compañeros permanentes que hayan cotizado al Sistema de Régimen Pensional y acreditado más de cinco años de relación conyugal o convivencia permanente podrán acceder al beneficio de la pensión familiar sin afectar el equilibrio financiero del Estado.
Así lo avaló la plenaria de la Cámara, al aprobar un proyecto de ley del representante Elías Raad, mediante el cual se abre la posibilidad de que muchas personas que han cotizado al Régimen de Prima Media se puedan pensional sin haber cumplido los requisitos actuales en forma separada, pero sí en conjunto sumando los del esposo y de la esposa o compañero (a) permanente.
La iniciativa, que pasa a sanción presidencial, establece que entre los dos deben sumar, en el Régimen de Prima Media, como mínimo, el número de semanas exigidas para el reconocimiento de la pensión de vejez requerida de manera individual que les permita cubrir ese grupo familiar.
Igualmente, estipula que los cónyuges o compañeros permanentes deberán estar afiliados al régimen de Ahorro Individual con Solidaridad y acreditar más de cinco años de relación conyugal o convivencia permanente, la cual deberán haber iniciado antes de cumplir 55 años de edad cada uno.
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2012-06-17
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