Foto de archivo.
Minuto30.com .- El incremento arancelario establecido por el Gobierno de Colombia mediante el Decreto 0170 de 2026 es una medida de reciprocidad que impacta a sectores estratégicos del comercio ecuatoriano. La sobretasa del 30% recae sobre 73 subpartidas específicas.
Aquí tienes el desglose de los productos afectados, organizados por sectores:
1. Sector Agroindustrial y Alimentos
Es el grupo con mayores restricciones, no solo por el impuesto sino por el bloqueo a las rutas terrestres.
Arroz: En todas sus presentaciones (paddy, pardo, blanco y derivados). Este sector tiene un “bloqueo total” para ingreso por tierra.
Legumbres: Especialmente variedades de frijol.
Aceites: Aceites vegetales y grasas procesadas para el consumo humano.
Frutas y hortalizas: Aunque su ingreso por tierra está restringido, productos como el plátano, cebolla y aguacate Hass provenientes de Ecuador asumen el incremento si llegan por otras vías.
2. Sector Automotriz y Transporte
Uno de los rubros que más encarecerá para el consumidor final en Colombia debido a la dependencia de ciertos insumos ecuatorianos:
Neumáticos (Llantas): De diversas dimensiones para vehículos livianos y de carga.
Autopartes: Repuestos específicos y componentes ensamblados en Ecuador.
Materiales metálicos: Perfiles, láminas y estructuras utilizadas en la industria metalmecánica.
3. Manufacturas y Consumo
Calzado: Zapatos terminados y componentes para su fabricación.
Ropa (Textiles): Prendas de vestir y confecciones de diversos materiales.
Insumos Industriales: Productos químicos básicos y materias primas para procesos de manufactura.
Es importante recordar que el decreto no solo sube el impuesto, sino que impone condiciones de transporte que encarecen el producto final:
Arancel del 30%: Impuesto directo sobre el valor del producto.
Obligatoriedad de vía Marítima o Aérea: Para productos agrícolas sensibles (arroz, plátano, cebolla), lo que elimina la competitividad del flete terrestre por los puentes fronterizos.
Prohibición de Precursores: Bloqueo absoluto a químicos que puedan usarse en la fabricación de drogas sintéticas (fentanilo).
El Ministerio de Comercio y el de Agricultura seleccionaron estos ítems por dos razones:
Reciprocidad: Son productos que compiten directamente con la producción nacional colombiana.
Equilibrio: Buscan contrarrestar la “tasa de seguridad” que el presidente Daniel Noboa impuso a los bienes colombianos desde el 1 de febrero.
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