Imágen del nuevo puente en El Poblado al que se le ultiman detalles de ornamento. Archivo

Ante la acción de cumplimiento presentada por un ciudadano, mediante la cual solicitaba la notificación personal para todos los contribuyentes por parte de Fonvalmed, del Proyecto Valorización El Poblado, un fallo en segunda instancia consideró que el procedimiento se hizo atendiendo las normas vigentes.

Cortesía

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Con esta decisión se genera un precedente ante acciones de tutela presentadas por ciudadanos que solicitaban la notificación personal de la distribución.

Dicha acción fue presentada inicialmente ante el Juzgado 11 Administrativo Oral del Circuito de Medellín, donde el 22 de enero de 2015 tuvo un fallo en primera instancia a favor del Fonvalmed, por considerar improcedente el tipo de acción presentada.

Posteriormente, la decisión fue apelada por el accionante y fue remitida al Tribunal Administrativo de Antioquia, que consideró que el procedimiento se efectuó atendiendo las normas vigentes.

Este procedimiento ha sido objeto de presentación de acciones de tutela por parte de algunos contribuyentes, solicitando que en lugar de la notificación por edicto, se realice la notificación de manera personal.

Con el fallo del Tribunal Administrativo, se genera una decisión que guiará futuras actuaciones judiciales relacionadas con peticiones similares a las de este caso.

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Redacción Minuto30

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