Foto ilustrativa.

Minuto30.com-. La Corte Constitucional le ordenó a la EPS Coomeva practicar una cirugía de prótesis mamaria a una joven de 18 años, quien, por medio de una tutela, aseguró que necesita la intervención porque sufre de una atrofia hormonal.

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La joven afirmó a través de la tutela que ha sido objeto de burlas por parte de la sociedad.

Según la sentencia, a la joven le fueron vulnerados los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la salud, al libre desarrollo de la personalidad y a la seguridad social.

La mujer interpuso la tutela contra la EPS Coomeva porque esta le negó el procedimiento, al advertir que no está dentro del Plan Obligatorio de Salud (POS) y por tratarse de una cirugía estética.

Sin embargo, la Corte Constitucional insistió que las EPS deben saber diferenciar los procedimientos estéticos que pueden hacerse dentro del POS bajo argumentos patológicos y no de belleza, como el caso de esta joven.

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