La Corte Suprema confirmó a través de sus redes sociales que el incumplimiento de promesas o compromisos electorales no es delito, ni genera responsabilidad penal.
El trino de la Corte cita que: «Incumplimiento de promesas o compromisos electorales no es delito, ni genera responsabilidad penal: @CorteSupremaJ. #SalaDeInstrucción profirió auto inhibitorio a favor de congresistas Sandra Ortiz e Inti Asprilla. Podían y debían ejercer actividades de pedagogía jurídica.»
Este trino que se da a pocas semanas de llevarse los comicios en el territorio nacional, despuntó todo tipo de comentarios.