El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) ha dictado un auto por el que deniega la resolución presentada por la Junta para limitar a no más de 15 personas las reuniones familiares en el ámbito privado y en espacios públicos para consumo de bebidas alcohólicas o para otras actividades no autorizadas (botellones).
Ante esta decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEX, el Ejecutivo extremeño publicará mañana en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la resolución anunciada el lunes por el vicepresidente segundo y consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles, que finalmente será “una recomendación que apele a la responsabilidad para cumplir con esas indicaciones”.
En el informe de salud pública que la Junta remitió al poder judicial se pone de manifiesto que más del 54 % de los casos actuales de infección por la covid-19 en la comunidad autónoma con origen conocido tienen que ver con encuentros familiares, de ahí su petición de prohibir por ley las reuniones de estas características.
De esta prohibición quedaban excluidos, sin embargo, los velatorios, los bautizos, las bodas o las comuniones, ya que este tipo de celebraciones se llevan a cabo en establecimientos hosteleros o mediante catering en los que se observan las medidas de seguridad porque son celebraciones “regladas y controladas”, según dijo Vergeles.
EFE
2020-08-05
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