¡Póngale cuidado!: Restringen la circulación de menores y los acompañantes en motos en Rionegro



El alcalde del Municipio de Rionegro, firmó dos decretos en donde restringió la circulación de menores a altas horas de la noche y los acompañantes en motos.

El primer decreto restringe la circulación de menores de dieciocho años en vías y espacios públicos durante los siete días de la semana, desde las 10:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.

Quedan exentos aquellos casos en los que el menor se encuentre acompañado por sus padres o representante legal.

Los menores que incumplan el decreto, serán trasladados por la autoridad competente a un lugar destinado para tal fin.

Además, se impondrán las sanciones establecidas en el Código de Infancia y Adolescencia.

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El segundo decreto, por su parte, limita el transporte de acompañantes en motos los fines de semana y los lunes festivos, desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente, a partir del 3 de mayo hasta el 31 de agosto del presente año.

Esta restricción no aplica para vehículos de las Fuerzas Militares, organismos de emergencia y socorro, autoridades de tránsito, entre otros.

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Asimismo, se exceptúan ciertas empresas prestadoras de servicios públicos y de telecomunicaciones, así como empresas de seguridad privada, quienes deberán contar con la identificación oficial.

La Subsecretaría de Movilidad podrá emitir autorizaciones para aquellas personas que justifiquen la necesidad de movilización con acompañante en moto, mediante certificación laboral emitida por la empresa.

El incumplimiento de estas restricciones conllevará sanciones conforme a la ley 769 del 2002 y el Código Nacional de Tránsito Terrestre, entre otras normativas aplicables.

Los dos decretos entrarán en vigencia a partir del viernes 3 de mayo de 2024.

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Melissa Noreña: