¡Qué respiro! Alcaldía anuncia alivios tributarios para restaurantes, bares y hoteles de Medellín

Como una ayuda a los sectores económicos más afectados este año debido a la pandemia, la Administración Municipal anunció una serie de alivios tributarios que adoptará en 2021.

“Hay sectores, como el hotelero y el del entretenimiento, que desafortunadamente su recuperación económica viene a un ritmo más lento y son los más afectados cuando se toman decisiones para proteger la vida. Por eso construimos una mesa con el Alcalde en la que definimos alivios importantes para esos sectores de la mano de los empresarios y los gremios”, explicó el secretario de Desarrollo Económico, Alejandro Arias.

Serán tres medidas dirigidas a los sectores hotelero, agencias de viajes, restaurantes y bares en impuesto predial e industria y comercio.

“Estas propuestas buscan aliviar la caja de los sectores más afectados por la pandemia, pero de manera responsable cuidando también las proyecciones financieras del Municipio”, afirmó el Secretario de Hacienda de Medellín, Óscar Hurtado Pérez.

El primer alivio establece el aplazamiento del impuesto predial durante el primer semestre del año. Solo podrán acceder a él los contribuyentes de los sectores mencionados que ejerzan su actividad en el inmueble matriculado. Este mismo beneficio aplicará para industria y comercio.

El segundo alivio consiste en el pago anualizado del impuesto predial con descuento del 5 % si se cancela antes de la fecha límite de pago del primer trimestre, o del 3 % si se realiza antes del vencimiento del segundo trimestre del año, según el calendario tributario. Para acceder no es necesario que el contribuyente haga la solicitud por escrito; en su documento de cobro llegarán los valores especificados para que realice el pago que desea: anualizado con descuento o por trimestre.

“Esta medida de pronto pago también será extendida a todos los contribuyentes del impuesto predial que deseen acogerse”, afirmó el funcionario.

El tercer alivio es la ampliación de la fecha límite de pago del impuesto predial sin recargo, para el tercer y cuarto trimestre del año, que pasará del 2 de agosto al 28 de septiembre y del 2 de noviembre al 28 de diciembre, respectivamente.

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