Foto: Archivo / Ilustrativa.
Por medio de un comunicado, el Ministerio de Defensa dio a conocer que un juez ordenó suspender de manera inmediata la suspensión de gas lacrimógeno y gas pimienta durante la emergencia sanitaria por el Covid-19.
De acuerdo al comunicado, en relación con el fallo de tutela proferido el pasado 29 de octubre por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá, se ordena al Presidente de la República y a la Nación, Ministerio de Defensa Nacional y Policía Nacional que suspenda el uso de:
– Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido.
– Granadas con carga química CS, OC.
– Granadas fumígenas.
– Cartuchos con carga química CS, OC.
– Cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante.
Asimismo, el documento dice que: “Dicha prohibición se mantendrá mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria dispuesta por el Gobierno Nacional o sus prórrogas”.
Por su parte, el Ministerio de Defensa dice que “es respetuoso de la independencia judicial, de la división de poderes y de las órdenes emitidas por las autoridades judiciales. Asimismo, es importante reiterar que el Gobierno Nacional es respetuoso y garante del derecho a la manifestación pacífica y ejerce la autoridad legítima del Estado en caso de violencia o vandalismo”.
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