Foto/ilustrativa/Google
Una histórica e importante decisión fue tomada por La Sala Plena de la Corte Constitucional, tras determinar que las personas transgénero tienen derecho a acceder a la pensión de vejez, a la misma edad que lo hacen las personas cisgénero.
Y es que esta histórica decisión se dio gracias a la tutela impuesta por Helena Herrán, una mujer trans que libró una batalla jurídica para que Colpensiones le reconociera su pensión a la edad de 57 años, requisito que rige para las mujeres.
Según indicó Helena, fue discriminada en razón de su identidad de género, ya que concluyeron que no era una mujer para efectos de la pensión. Además, explicó que la entidad no le permitió pensionarse por no cumplir la edad mínima en los hombres que es de 62 años.
Al respecto, Colpensiones manifestó que la tutela era improcedente, porque la corrección del marcador de “sexo” en los documentos de identificación de una mujer trans, no tienen efectos pensionales.
Sin embargo, la corte consideró que las mujeres trans están cobijadas con las normas que rigen tanto en beneficios como en obligaciones para las mujeres, y además recalcó que hacer una distinción entre mujeres transgénero y mujeres cisgénero es discriminación.
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