En firme condena de 18 años a Rodolfo Sánchez Rincón, por matar a dos personas conduciendo ebrio.

La Corte Suprema condenó a Rodolfo Sánchez Rincón, un hombre de 27 años, que estando bajo los efectos de la droga y el licor mató a dos personas en un accidente de tránsito hace dos años en el norte de Bogotá.

La Sala Penal del alto tribunal determino en un fallo de casación que Sánchez,  “a pesar de conocer el riesgo que representaba conducir en el estado de embriaguez en el que se encontraba, tomó su vehículo y después de pasarse dos semáforos en rojo embistió la camioneta en la que viajaban sus víctimas”.

Esta es la primera condena ejemplar que ratifica la Corte Suprema por un accidente de tránsito en el que el conductor estuviera bajo los efectos de alguna sustancia. Esta misma semana, un juez le dio casa por cárcel a un abogado que provocó el accidente de tránsito de una persona.

Según el alto tribunal,  la indiferencia con la que manejó su vehículo estando borracho y bajo el efecto de las drogas fueron las razones para mantener la condena. El hecho ocurrió en la madrugada del miércoles 22 de agosto del 2007 en la avenida 116 con carrera 19.

Sánchez conducía una camioneta Toyota Prado de placas BYG321 y chocó de frente contra un automóvil Nissan CFQ393 provocando la muerte de sus ocupantes Ricardo Patiño y José Aristizabal.

Según testigos, era tan alta la velocidad a la que iba Sanchez que tras arrastrar el Nissan varios metros tumbó dos postes de energía y después de bajarse del carro intento huir del lugar.

“El hecho no ocurrió al azar ni por imprudencia. Hubo una decisión irresponsable de este hombre al conducir Embriagado, dijo la Corte en la sentencia. Sánchez fue juzgado inicialmente por homicidio culposo y condenado a 32 meses de prisión por el Juzgado 22 Penal del Circuito.

La Fiscalía apeló el caso ante el Tribunal Superior de Bogotá que revocó la decisión inicial y aumento la pena de cárcel a 18 años. La corporación considero que en este caso no hubo homicidio culposo sino que aplicaron la figura del dolo eventual. La Corte consideró que en este caso había dos agravantes para aumentar la pena: el hecho de que Sánchez por su profesión de piloto había recibido cursos de alcoholismo y había sido multado varias veces por exceso de velocidad.

Vía ElTiempo.com
ElEspectador.com

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