La Corte Constitucional de Ecuador despenalizó el pasado miércoles el aborto en todos los casos de violación, luego de modificar la ley penal, la cual solo lo autorizaba en los casos en que la mujer abusada sufría de una discapacidad mental.
“Anhelo que esta decisión prevalezca en el bienestar de las mujeres y sus derechos”, expresó en Twitter el presidente ecuatoriano, Lenín Moreno.
La Defensoría del Pueblo, junto a colectivos sociales presentaron una demanda que fue resuelta por la Corte Constitucional, en contra de artículos penales que fijaban sanciones de hasta tres años de prisión para quienes hagan abortar a una mujer con su consentimiento, y solo se autorizaba cuando la victima sufría de discapacidad mental.
El fallo se definió tras siete votos a favor y dos en contra, y aún no ha sido divulgado por la corte.
El defensor del Pueblo, Freddy Carrión, fue el primero en informar sobre la resolución y destacó que la presión de “mujeres y colectivos feministas que han venido luchando permanentemente por tener una sociedad más justa e igualitaria”. “Sin ellas no sería posible”, dijo.
“Desde hoy, ninguna mujer violada será criminalizada, ahora deben ser protegidas por el Estado”, agregó.
Esta decisión trascendental para las mujeres ecuatorianas significa que si una embarazada a causa de una violación aborta “no será sometida a un proceso penal y encarcelada”, dijo a la AFP Dolores Miño, directora del Observatorio de Derechos y Justicia.
La abogada explicó que la decisión de la Corte Constitucional es de “carácter inmediato y obligatorio”, y que no es apelable.
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