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Foto/Archivo municipio de Rionegro

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Foto/Archivo municipio de Rionegro


En el marco de la semana de la seguridad vial a realizarse en Rionegro entre el 16 y el 22 de julio, la administración municipal tiene programadas actividades lúdicas y educativas que buscan promover las buenas prácticas de conductores y peatones y fortalecer la cultura ciudadana, informó la Administración.

Una de las actividades programadas es el día sin carro y sin moto, que se realizará el 19 de julio desde las 7:00 a. m. y hasta las 7:00 p. m.

La restricción, fundamentada en el Decreto 245 del 18 de junio de 2018, aplica para el perímetro urbano del municipio de Rionegro pero no incluye las vías concesionadas del orden nacional y departamental, tales como:

La Avenida Juan de Dios Morales, desde el puente peatonal Cuatro Esquinas hasta Jumbo.
Vía principal San Antonio – La Ceja, desde la glorieta de la Clínica Somer hasta Palos Verdes.
Vía principal Llanogrande, desde la Calle de la Madera.
Vía principal Cuatro Esquinas – El Carmen y viceversa.
Vía principal Cuatro Esquinas – Marinilla – Cimarronas – Autopista Medellín – Bogotá.
Vía principal Belén – Rionegro hasta el parque empresarial

Aquellas personas que no acaten la medida del día sin carro serán sancionadas conforme a lo establecido en el Código Nacional de Tránsito y se harán acreedores a una multa de 15 SMDLV, es decir $390.000 y la inmovilización del vehículo.

Vehículos exentos de la restricción

Los siguientes vehículos podrán transitar libremente sin requerir permiso especial:

Vehículos de transporte público.
Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad.
Vehículos y motocicletas de emergencia.
Vehículos de transporte escolar, únicamente cuando sean empleados en el transporte de estudiantes. Estos deberán estar plenamente identificados de
conformidad con las normas que regulan el transporte escolar.
Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de diez (10) pasajeros.
Vehículos y motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios
públicos domiciliarios.
Vehículos y motocicletas destinados al control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Subsecretaría de Movilidad municipal.
Esquema de seguridad y caravana del Alcalde municipal.
Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado.
Vehículos y motocicletas asignados al cuerpo diplomático.
Vehículos con blindaje de nivel tres (3) o superior.
Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
Vehículos y motocicletas escolta que estén al servicio de actividades inherentes a la protección de personas, debidamente autorizados por la Superintendencia de
Vigilancia y Seguridad Privada o que hagan parte del esquema de seguridad autorizados por los organismos del Estado y solo durante la prestación del servicio.
Carrozas fúnebres.
Motocicletas vinculadas a empresas que prestan el servicio de mensajería debidamente identificadas o con logos y distintivos pintados o adheridos al vehículo o plena identificación del conductor del vehículo.
Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de domicilio y sean utilizados exclusivamente para dicha labor y que cuenten con identificación, consistente en los logos y distintivos pintados o adheridos al vehículo o plena identificación del conductor del vehículo.
Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.

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Redacción Minuto30

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