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Minuto30.com .- Los vehículos eléctricos y a gas SI continuarán exentos de la medida de Pico Placa Ambiental, considerando que las emisiones primarias de PM2.5 de los vehículos de GNV es menor al de los automotores que funcionan con gasolina y diésel, ha dicho el Alcalde Daniel Quintero, el secretario de Movilidad Carlos Cadena Gaitán y la Secetaría de Movilidad a través de sus redes sociales. Sin embargo, la Alcaldía de Medellín hace un llamado a hacer uso del transporte público.

De acuerdo con la autoridad ambiental, a partir de este miércoles 11 de marzo la restricción será para todos los demás vehículos, aplicándose para cinco dígitos durante las 24 horas, entre lunes y sábados.

El Municipio de Medellín acoge la decisión del Área Metropolitana del Valle de Aburrá de implementar como medidas adicionales preventivas de restricción vehicular para enfrentar el episodio de contaminación atmosférica la restricción de cinco dígitos al día para vehículos particulares, motos 2 tiempos y 4 tiempos y transporte de carga durante las 24 horas del día.

Este miércoles 11 de marzo la restricción será para vehículos con placas impares, mientras que el jueves 12 de marzo será para placas pares, de la siguiente manera:

Días de rotación Vehículos particulares y motocarros cuya placa finalice en: Motos de dos y cuatro tiempos cuya placa inicie en: Transporte de carga cuya placa finalice en:
Miércoles 11 de marzo de 2020 1, 3, 5, 7 y 9 1, 3, 5, 7 y 9 1, 3, 5, 7 y 9
Jueves  12 de marzo de 2020 0, 2, 4, 6 y 8 0, 2, 4, 6 y 8 0, 2, 4, 6 y 8

Si de acuerdo a los informes técnicos del Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el Sistema de Alerta Temprana del Valle de Aburrá (SIATA) se considera que es necesario continuar con la medida, la rotación de los vehículos será la que se contempla en los parágrafos 2 y 3 del artículo 1 del Decreto 328 de 2020.

Para la implementación de estas medidas adicionales no habrá vías exentas en toda la jurisdicción de Medellín. Su incumplimiento genera una multa de $438.900, equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes.

Estarán exentos de las medidas adicionales preventivas de restricción vehicular:

  • Los vehículos reportados por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá que se encuentren identificados con el distintivo vehicular emitido por la referida autoridad ambiental, el cual corresponde a una etiqueta que indica que ha superado la prueba de emisión de gases contaminantes de acuerdo con la cuantificación de partículas por centímetro cubico establecida por la misma autoridad ambiental.
  • Los relacionados en el artículo 4 del Decreto 111 de 2020, entre los que se encuentran los vehículos eléctricos y a gas natural vehicular.
  • Las motocicletas destinadas a la entrega de domicilios y mensajería que para los días correspondientes a la aplicación de esta medida y se encuentren inscritas en la base de datos de exentos de la medida de pico y placa de la Secretaría de Movilidad.

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