Imagen de archivo utilizada para ilustrar la noticia, foto: Registraduría Nacional.

Luego de que la Registraduría diera a conocer quiénes son las personas que deberán ser jurado de votación en los próximos comicios del 27 de octubre, también se conocen cuáles son las excepciones que le evitaría a algún jurado asistir a su responsabilidad.

Según está establecido en el Código electoral, la principal incapacidad para asistir a las votaciones como jurado es que sufra de una grave enfermedad, o que su cónyuge, padre, madre o hijo la sufran. En este caso, debe estar sustentado por un médico.

Otra de las inhabilidades se presenta cuando muere alguna de las personas mencionadas anteriormente, y que ocurran el mismo día, o en los tres días anteriores a las elecciones.

No vivir en el municipio donde fue designado, ser menor de 18 años o haberse inscrito y votar en otro municipio también lo podrían dejar por fuera de la responsabilidad.

Recuerde que de ejercer la obligación de ser jurado de votación, podría acarrearle millonarias multas.

Author Signature
Redacción Minuto30

Lo que leas hoy en Minuto30... Mañana será noticia.

  • Compartir:
  • Comentarios

  • Anuncio