JEP cita a diez mandos de las FARC por el "Caso 01", secuestros de ese grupo entre 1993 y 2012
Foto: Archivo / Ilustrativa.

La JEP informó este martes que ante la emergencia sanitaria decretada en Bogotá y todo el país por el Covid-19, prorrogó hasta las cero horas del 27 de abril de 2020 la suspensión de audiencias y términos judiciales, y estableció que se podrán proferir, comunicar y notificar algunas decisiones judiciales.

El tribunal de paz aseguró que las Salas y Secciones podrán expedir las providencias cuya notificación y trámite posterior pueda hacerse integralmente por vía electrónica, asegurando el conocimiento de la misma a todos los destinatarios de la providencia.

Además, estos trámites tendrán que asegurar la oportunidad para la interposición y trámite de los recursos de ley; que una vez ejecutoriada, se pueda cumplir sin poner en riesgo la salud de los concernidos, y el cumplimiento de las funciones de supervisión que corresponde a la JEP.

«La Sala de Amnistía o Indulto podrá decidir sobre el beneficio de libertad condicionada para exFarc, así como la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas podrá resolver sobre la libertad transitoria condicionada y anticipada respecto a miembros de la fuerza pública, terceros y agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública, únicamente en los casos respecto de los cuales cuenten con la información suficiente para fallar», se detalló.

Sobre esta última situación se detalló que las providencias, boletas de libertad y despachos comisorios se suscribirán con firma electrónica y se tramitarán con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).

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Redacción Minuto30

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