Por incurrir en violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión por el término de seis meses al señor Hugo Caballero Ballesteros, en su condición de alcalde municipal 2008-2011 del municipio de San Pedro de Urabá (Antioquia).

martilloEl exalcalde suscribió un contrato de prestación de servicios profesionales con un particular en el 2011, desconociendo que dentro de esa misma anualidad designó y posesionó a este ciudadano como gerente de la Empresa Social del Estado Hospital Óscar Emiro Vergara Cruz, y por tanto se encontraba inhabilitado para contratar con el Estado.

El órgano de control señaló que en su condición de alcalde, el señor Caballero Ballesteros estaba obligado a acatar las leyes que rigen las actividades de la administración municipal, más aún cuando es un profesional especializado en el ámbito de la  administración pública y debía conocer y aplicar la normatividad vigente.

Finalmente, la Procuraduría Provincial de Apartadó calificó la conducta del exmandatario como gravísima cometida a título de culpa grave.

Esta decisión proferida en audiencia pública quedó en firme, pues si bien es cierto  fue apelada por la defensa, esta presentó un escrito posterior en el que manifestó su desistimiento.

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