La Corte Constitucional de Colombia informó a través de sus redes sociales la determinación sobre orden de apellidos para los niños nacidos en el territorio nacional.
Informo la Corte que la norma que establecía la prelación del apellido paterno sobre el materno en la inscripción de los hijos en el registro civil fue declarada inexequible por violar el principio de igualdad.
Así, los efectos de la decisión fueron diferidos hasta dos legislaturas, esto es hasta la que culmina en junio de 2022.
De no darse la expedición de la regulación en este particular se entenderá que padre y madre podrán decidir o sortear el orden de los apellidos, destaca la corte.
La norma que establecía la prelación del apellido paterno sobre el materno en la inscripción de los hijos en el registro civil fue declarada inexequible por violar el principio de igualdad. Los efectos de la decisión fueron diferidos hasta dos legislaturas. pic.twitter.com/CqVLYYHl8r
— Corte Constitucional (@CConstitucional) November 6, 2019