La iglesia del Santo Sepulcro reabre al público

Foto tomada de archivo para ilustrar esta noticia.

Minuto30.com-. Tras un fallo de tutela, la Corte Constitucional advirtió que «no pueden existir tratos discriminatorios que privilegien a una determinada religión o culto sobre otros».

Tal determinación se dio luego de una tutela de la iglesia ‘Los Testigos de Jehová’ a la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ), por la no exclusión del cobro de la sobretasa ambiental a los inmuebles que le pertenecen a la iglesia católica.

Según indicó la Corte, reseñada por La F.m., su jurisprudencia ha admitido «un tratamiento jurídico favorable a iglesias y confesiones religiosas, tales beneficios otorgados deben ofrecerse en igualdad de condiciones a todas las manifestaciones religiosas y congregaciones que cumplan con los requisitos de ley».

«Se da cumplimiento a un presente y es que todas las iglesias deben tener las mismas condiciones y beneficios, es decir que se busca un equilibrio e igualdad ante la ley. No puede una institución eclesiástica beneficiarse más que otra, los derechos son iguales para todos», le dijo al medio radial Archimandrita Timoteo, vicario de la Iglesia Ortodoxa Griega.

El alto tribunal señaló además que el Congreso deberá crear un marco jurídico que garantice la libertad para todas las iglesias, y eso comprende las exenciones tributarias a las que tienen derecho.

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