Imagen de archivo utilizada para ilustrar la noticia, foto: elpais.com.co

Con un decreto la Alcaldía de Bogotá prohibió el consumo de sustancias psicoactivas y bebidas alcohólicas en el espacio público durante las 24 horas del día después de las competencias para reglamentar estos comportamientos ratificadas por la Corte Constitucional. 

El decreto restringe el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en un radio de 200 metros a una institución educativa, entendiéndose como jardines infantiles, colegios, instituciones de educación superior formal y no formal y centros de atención vinculados a la responsabilidad penal adolescente.

«La restricción tiene como objetivo mitigar el consumo de sustancias en menores de edad, que según el “Segundo estudio distrital de consumo de sustancias psicoactivas en Bogotá, D.C» arrojó que el 25% de consumidores de alcohol, marihuana, bazuco y cualquier sustancia ilícita se inició antes de los 15 años de edad o menos», aseguró la Alcaldía de Bogotá.

El decreto también señala que no podrán consumirse bebidas embriagantes ni sustancias psicoactivas ilícitas en espacios públicos a cielo abierto o cerrado, y espacios privados que trasciendan a lo público o que concentre aglomeración de personas.

Quienes incumplan con dicha norma serán objeto de la aplicación de una medida correctiva del Código Nacional de Policía, de multa general tipo 2, es decir que se le impondrá una multa de $220.838, la cual podrá conmutar con un curso pedagógico, o participando en un programa comunitario.

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Redacción Minuto30

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