Nueva sansión de Procuraduría a Cielo González Villa

Minuto30.com .- Mediante fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación suspendió por 4 meses del ejercicio de su cargo a la señora Cielo González Villa, en su condición de alcaldesa de Neiva (Huila) por permitir la ejecución de un convenio suscrito con la Universidad Surcolombiana (USCO).

El Ministerio Público estableció que la exalcaldesa consintió la ejecución de este contrato de interventoría técnica de los trabajos correspondientes a 8 contratos de obra pública celebrados por el municipio de Neiva para la construcción y reparación de vías, así como la construcción y adecuación de edificaciones, pese a que la USCO no contaba dentro de sus programas educativos con alguno relacionado con el objeto de esta interventoría que le fue asignada.

Por consiguiente, concluye el Ministerio Público, la USCO no tenía la capacidad técnica para asumir la labor ya señalada, ni tampoco podía demostrar una experiencia específica en interventorías de trabajos de construcción y reparación de vías o de trabajos de construcción o adecuación de edificaciones.

En desarrollo de la investigación se evidenció que “las labores propias de la interventoría de obras pactadas con la USCO, en verdad fueron subcontratadas por la universidad, con el fin de que fueran unos terceros  (contratistas de aquella) quienes ejecutaran dicho objeto contractual, con lo cual es evidente la incapacidad de la universidad para ejecutar el convenio como que, tuvo que acudir a 20 subcontratistas para que éstos realizaran la labor de interventoría requerida para las obras civiles que había contratado la Alcaldía de Neiva”.

Concluye el órgano de control que la Universidad Surcolombiana tuvo que subcontratar el 90% de las actividades objeto del convenio y, en consecuencia, en este caso particular se presentó una tercerización en la contratación.

El Ministerio Público advirtió que como la disciplinada ya no se encuentra ejerciendo el cargo por el cual fue sancionada, la suspensión deberá convertirse en multa equivalente a cuatro meses de salario devengado para la época de los hechos, es decir para el año 2007.

Contra esta determinación disciplinaria de primera instancia procede el recurso de apelación.

2012-08-16

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