Foto ilustrativa.
El Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá falló a una tutela que pedía suspender las modificaciones que se le hicieron a la Ley de Garantías (Ley 996 de 2005), una de las cuales permitía que los entes territoriales celebraran contratos en los meses anteriores a elecciones.
El Juzgado le ordenó al presidente Iván Duque abstenerse de aplicar las modificaciones a la Ley de Garantías que anteriormente fueron aprobadas en el Congreso de la República. La orden se dio para velar por los derechos al debido proceso, igualdad e imparcialidad en el proceso electoral.
Antes de que se apliquen las modificaciones de la Ley de Garantías, la Corte Constitucional deberá revisar la acción de tutela de Miguel Ángel Bravo, quien expone que estas son inconstitucionales.
La Corte Constitucional tendrá 30 días hábiles para pronunciarse, así que en este tiempo los gobernadores y alcaldes no podrán celebrar contratos que, según lo argumentado en la tutela, pone en riesgo la transparencia en las contiendas electorales.
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2021-11-10
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