La sala plena del Consejo Nacional Electoral tomó decisión sobre la convención del Partido Conservador que eligió a Marta Lucía Ramírez como su candidata presidencial.

La candidata presidencial conservadora Marta Lucia Ramírez

La candidata presidencial conservadora Marta Lucia Ramírez

Este jueves se conoció la ponencia del magistrado Joaquín José Vives que deja en firme la convención ‘azul’. El documento y resolución de la ponencia de Vives deja claro que no se pueden acceder a las “pretensiones” del abogado Guillermo Francisco Reyes, quien demandó la convención.

Así las cosas, los ‘azules’ podrán acceder a las elecciones presidenciales con candidato propio.

En su cuenta de twitter la candidata presidencial escribió: “Creo en Dios y sabia que el proceso tortuoso del CNE era una parte del aprendizaje que me pedía hacer. Estoy fortalecida para continuar luchando”.

En mérito de lo expuesto el Consejo Nacional Electoral,

5. RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- No acceder a las pretensiones incoadas por los Dres. Guillermo Francisco Reyes y Carlos Julio Manzano en las impugnaciones que presentaran en contra de las decisiones proferidas en curso de la Convención Nacional del Partido Conservador, realizada el 26 de enero de 2014, en especial las de acudir a las elecciones presidenciales con candidato propio y la de tener como tal a Martha Lucia Ramírez.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Exhórtese a la Dirección Nacional del Partido Conservador Colombiano a expedir la certificación de transparencia del sistema de votación empleado en la Convención Nacional realizada el 26 de enero de 2014, con la finalidad que las decisiones ahí tomadas puedan producir la plenitud de sus efectos jurídicos y ser oponible a sus afiliados y a terceros.

ARTÍCULO TERCERO.- No reponer la Resolución 1252 del 17 de marzo de 2014.

ARTÍCULO CUARTO.- Notifíquese la presente decisión al apoderado del Partido Conservador Colombiano, Dr. Amado Gutiérrez Velásquez; al representante legal del Partido Conservador Colombiano; a la Dra. Marta Lucia Ramírez y al señor Camilo Gómez Alzate.

Notifíquese a los intervinientes, señores Miguel Ceballos Arévalo, Luis Karol León Vargas, David Julián Botia Galvis, Jair Peña Gómez, Jennifer Gallón Martínez, José David Espinoza Zuluaga, Gerson París González, Julián Ostos Romero, Ana María Gardezabal, Julián Rivera Ducon, y Rafael Serrano Prada; Ciro Alfonso Galvis Muñoz, Ligia López Díaz, Javier Armando Suarez, Luis Ángel Torres, Emiro Castro Meza.

Notifíquese a los impugnantes, señores Guillermo Reyes González y Carlos Manzano Ocampo y al Procurador General de la Nación.

ARTÍCULO QUINTO.- Comuníquese, para lo de su cargo, al Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO SÉXTO.- Contra la presente resolución procede recurso de reposición.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de abril de 2014.

PABLO GUILLERMO GIL DE LA HOZ

Presidente

IDAYRIS YOLIMA CARRILLO PÉREZ

Vicepresidenta

 

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Redacción Minuto30

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