Contraloría
Foto tomada de archivo para ilustrar esta noticia.
Contraloría

Foto tomada de archivo para ilustrar esta noticia.

Minuto30.com-. La Contraloría General de la República le solicitó a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) que adelante las acciones judiciales «dirigidas a anular las ventas de predios de origen baldío en aquellos casos en que se verifique acumulación indebida de Unidades Agrícolas Familiares, o enajenaciones efectuadas por adjudicatarios originales sin el lleno de los requisitos legales».

Esta decisión, explicó el organismo de control, se toma luego de valorar los informes presentados por la Contraloría Delegada del Sector Agropecuario en los años 2013, 2014 y 2015, sobre 33 casos referentes a 322 predios ubicados los departamentos de Córdoba, Meta, Caquetá, Vichada y Antioquia.

Los resultados fueron trasladados a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación, para que dentro del marco de sus competencias «determinen si existe responsabilidad penal y/o disciplinaria por parte de funcionarios y/o particulares, según el caso, frente al deber institucional de evitar que predios particulares adjudicados originalmente como baldíos fueran vendidos y consolidados en unidades de UAF (Unidad Agrícola Familiar) superiores a las permitidas por la ley».

No hay competencia fiscal

Después de un proceso de análisis de los expedientes, por parte de la Dirección de Vigilancia Fiscal de la Delegada del Sector Agropecuario, se estableció que dado que las transacciones se derivaron de negocios entre particulares, «no es posible imputar a ninguno de estos daño fiscal tal como lo prohíbe expresamente la Ley 610 de 2000», indicó la Contraloría.

Una vez el Estado adjudica los baldíos, estos salen del patrimonio de la Nación y pasan a formar parte del dominio privado del adjudicatario. «A partir de allí, los actos negociables son de carácter privado y escapan al ámbito de acción de este organismo de control, salvo que un juez anule las compraventas por encontrar probada la ‘mala fe’ de los terceros adquirientes».

Se violan topes establecidos por la Ley

No obstante, considera la Contraloría que «si bien no existió un detrimento patrimonial, sí es reprochable la violación de los topes establecidos en la ley, como son las 450 hectáreas de la Ley 135 de 1961 o de la Unidad Agrícola Familiar (UAF), establecidos en la Ley 160 de 1994, que están orientados promover la función social de la propiedad y a evitar la concentración de la misma».

De los 43 casos que entraron a análisis de la Dirección de Vigilancia Fiscal, aún queda por resolver la situación de 10, que concentran 183 predios, que equivalen a 199.871.43 hectáreas, explicó el organismo de control.

Los 33 casos de acumulación irregular de predios de origen baldío analizados y cerrados desde el punto de vista fiscal en la Contraloría, y puestos en conocimiento de las autoridades competentes, equivalen a 322 predios, para un total de 123.482.89 hectáreas.

Con información de la Contraloría General de la República

Compartir:
  • Comentarios

  • Anuncio